Autónomos en Situación de Pluriactividad

Pluriactividad autónomos

¿Qué es la Situación de Pluriactividad?

Se encuentran en situación de pluriactividad aquellas personas que trabajan simultáneamente como:

  • Trabajador por cuenta ajena (empleado en una empresa)
  • Trabajador autónomo (con actividad profesional o empresarial propia)

Esta situación conlleva el pago de cotizaciones a la Seguridad Social por ambas actividades, lo que en muchos casos puede superar los límites máximos establecidos, dando derecho a una devolución parcial.

Derecho a Devolución de Cotizaciones

Si te encuentras en situación de pluriactividad, puedes tener derecho a la devolución de parte de tus cotizaciones cuando el total de las contribuciones combinadas supere ciertos umbrales establecidos anualmente.

Límites de Cotización

  • Año 2015: 12.245,98€
  • Año 2016: 12.386,23€

¿Cómo se Calcula la Devolución?

El cálculo de la devolución se realiza de la siguiente manera:

1. Suma de Cotizaciones Totales

Se suman todas las cotizaciones realizadas durante el año natural:

  • Cotizaciones como empleado: Tanto la parte del trabajador como la del empleador al Régimen General
  • Cotizaciones como autónomo: Las realizadas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

2. Cálculo del Exceso

Si la suma total supera el límite anual establecido, se calcula el exceso.

3. Importe Máximo a Devolver

El importe a devolver será:

  • La mitad del exceso sobre el límite establecido
  • Con un tope máximo del 50% de las cotizaciones realizadas como autónomo

Procedimiento de Solicitud

Para solicitar la devolución de cotizaciones por pluriactividad, debes seguir estos pasos:

1. Formulario TC 13/1

Debes cumplimentar el formulario oficial TC 13/1 de solicitud de devolución por pluriactividad.

2. Métodos de Presentación

Puedes presentar la solicitud de dos formas:

  • Electrónicamente: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social
    • Requiere certificado digital o DNI electrónico
    • Necesario certificado SILCON
  • Presencialmente: En las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

3. Plazo de Presentación

Entre el 1 de enero y el 30 de abril del año siguiente al que corresponden las cotizaciones.

Por ejemplo: Para las cotizaciones de 2016, el plazo es del 1 de enero al 30 de abril de 2017.

4. Plazo de Resolución

La Tesorería General de la Seguridad Social tiene un plazo máximo de 6 meses para resolver la solicitud.

Documentación Necesaria

  • Formulario TC 13/1 debidamente cumplimentado
  • DNI o NIE del solicitante
  • Certificados de cotizaciones (si se solicitan presencialmente)
  • Número de cuenta bancaria para la devolución (IBAN)

Ejemplo Práctico

Caso

Juan ha trabajado en 2016 como empleado y como autónomo:

  • Cotizaciones como empleado (trabajador + empresa): 8.000€
  • Cotizaciones como autónomo: 6.000€
  • Total cotizado: 14.000€

Cálculo

  • Límite 2016: 12.386,23€
  • Exceso: 14.000€ - 12.386,23€ = 1.613,77€
  • 50% del exceso: 806,89€
  • 50% de cotizaciones autónomo: 3.000€

Devolución: 806,89€ (el menor de los dos importes)

Recomendaciones

  • Guarda todos los justificantes: Conserva los certificados de cotizaciones de ambos regímenes
  • Solicita en plazo: No dejes pasar la fecha límite del 30 de abril
  • Verifica los datos: Asegúrate de que el IBAN es correcto para recibir la devolución
  • Haz seguimiento: Comprueba el estado de tu solicitud si no recibes respuesta
  • Consulta con expertos: Si tienes dudas sobre el cálculo, pide asesoramiento profesional

Conclusión

La situación de pluriactividad puede generar el pago de cotizaciones por encima de los límites establecidos. Si trabajas simultáneamente como empleado y autónomo, revisa tus cotizaciones anuales y solicita la devolución correspondiente dentro del plazo establecido.

En Bilbao Consultores podemos ayudarte a calcular si tienes derecho a devolución y gestionar todo el proceso de solicitud ante la Seguridad Social.

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Te asesoramos sobre tus cotizaciones y gestionamos la solicitud de devolución por pluriactividad.

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