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Últimamente se oye mucho hablar de las medidas que este Gobierno va a poner en marcha para luchar contra los defraudadores. Pues bien, en Bizkaia el Diputado general Jose Luis Bilbao, ha presentado un borrador con un objetivo claro: “que los defraudadores no duerman tranquilos”.
En este momento de la crisis, donde los que se lo han llevado calentito siguen por ahí viviendo la vida loca, y los pobres de a pie que no tienen trabajo para hacer frente al pago de su hipoteca duermen de prestado donde pueden, pretenden sacarnos de esta ruina en la que nos han metido achuchando un poquito más a los que peor lo estamos pasando, los autónomos.
Si hasta ahora la multa por evadir impuestos oscilaba entre el 50% y el 200% de las cantidades no ingresadas, ahora el mínimo será del 100% y el máximo se elevará hasta el 250%.
Si eres una de esas grandes fortunas o eres uno de esos vizcaínos con propiedades en el extranjero, pues deberás hacer una declaración incluyendo las mismas, aún tratándose de cuentas corrientes o depósitos bancarios.
Si hasta ahora, y ésto nos afecta a casi todos, la normativa que regulaba los gastos deducibles para los autónomos era “muy genérica”, y establecía que todo gasto que se considerara necesario para obtener los ingresos de la actividad tenía la consideración de deducible, con la nueva normativa ésto va a cambiar de manera especial para los gastos del vehículo y los gastos de representación.
GASTOS DE VEHICULO. Se considerará como un lujo injustificable, la compra de un vehículo que supere los 25.000 euros. ¿Esto quiere decir que si el coche vale 30.000 euros no podré amortizarlo? Pues no exactamente, lo que quiere decir es que el exceso de coste, los 5.000 euros de más, no serán deducibles. Si los coches se utilizan además para desplazamientos personales, tanto la compra de los mismos, como los gastos de seguros, reparaciones, gasoil, etc. sólo serán deducibles el 50%. Ésto era algo que ya se utilizaba pero a partir de ahora va a ser de obligado cumplimiento para todos.
RELACIONES PUBLICAS. Algo similar pasa con los gastos de representación, relaciones públicas, regalos de empresa… las empresas sólo podrán deducirse el 50% de los mismos. Además los regalos de empresa quedarán limitados a 300 euros anuales y habrá que identificar al receptor. Se establece también un límite global del 5% de su facturación en este tipo de gastos.
TRIBUTACION POR MODULOS, se establece también la reducción del número de contribuyentes que podrán acogerse a este régimen, pero no se especifica nada más así que habrá que esperar.
PREMIOS DE LOTERIAS, si eres uno de esos afortunados que consigue ser agraciado con el gordo de la primitiva, o te toca el euro-millón o algo similar, estos premios quedarán gravados con el 20% así que tendrás menos para repartir con los tuyos, ya que ese porcentaje se lo quedará el fisco, eso sí, siempre te quedará el consuelo que con el mismo, se seguirá ayudando a “los más necesitados”.
Pues bien, después de todo lo expuesto sólo queda hacer una aclaración, irrisoria para muchos, detractora para otros, si los automóviles tendrán los límites comentados anteriormente, las embarcaciones y las aeronaves, quedarán fuera de los gastos deducibles en su totalidad.